El documento explica quiénes están facultados para realizar la solicitud, cómo se desarrolla el trámite dentro del sistema judicial y cuáles son los lapsos establecidos para que los tribunales emitan una decisión.
La solicitud de amnistía no debe ser presentada exclusivamente por la persona detenida, sino que también pueden tramitarla el Ministerio Público, la defensa técnica (privada o pública) y los sujetos legitimados, entre ellos familiares, conforme al artículo 463 del Código Orgánico Procesal Penal.
Las personas que se encuentren fuera de Venezuela podrán solicitar el beneficio mediante un apoderado legal, en atención a lo previsto en el artículo 7 de la ley.
El gráfico difundido por Arreaza destaca que todo el procedimiento debe resolverse en un plazo máximo de 15 días, conforme a lo establecido en la normativa.
Arreaza también puso a la disposición el siguiente correo electrónico para cualquier duda o solicitud: leyamnistia.an2026@gmail.com