Entre las modificaciones de esta reforma se contempla aumentar el número de magistrados y miembros del Comité de Postulaciones.
En la sesión se estableció que la AN nombrará la Comisión Preliminar integrada por 11 diputados, la cual deberá realizar una convocatoria de los postulados de la sociedad, que será objeto de amplia divulgación por todos los medios disponibles.
Dicha comisión estará encargada de recibir, preseleccionar y remitir a la Asamblea Nacional, los postulados por los diferentes sectores de la sociedad civil para integrar el Comité de Postulaciones Judiciales, procurando asegurar la paridad de género y la participación de los grupos que pueden ser discriminados, marginados o vulnerables.
Una vez designado dicho comité, las o los integrantes de la Comisión Preliminar pasan a formar parte del mismo. El Comité de Postulaciones Judiciales funcionará por un período de dos años.
Además, se acordó crear un documento de nombre "Disposición Transitoria Única" que permitirá al parlamento, una vez publicada dicha ley en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, nombrar al Comité de Postulaciones Judiciales para dar inicio al proceso constitucional y legal para el nombramiento y designación de todos los magistrados y magistradas del Tribunal Supremo de Justicia principales y suplentes, así como sus órganos auxiliares.