, el abogado especialista en derecho tributario, Juan Carlos Castillo explicó que comenzó a cobrar el lunes 28 de marzo en las transacciones cotidianas de los venezolanos.
El experto, durante una entrevista en Shirley Radio detalló
cuatro puntos claves que dificultan el cobro del impuesto:- Dificultad interpretativa: Afecta a los sujetos que vayan a un establecimiento, que sea calificado como contribuyente especial, a pagar con divisas en efectivo. La ley está clara en esto, si el pago es en efectivo tendría 3% adicional, pero no está claro si lo mismo sucedería con billeteras digitales. Dijo Castillo, al asegurar que el establecimiento debe actuar como agente de percepción de la persona que va a adquirir el bien, «Si se equivoca, las responsabilidades van a pesar sobre el establecimiento, proque no solo debe devolver lo que cobró demás, sino que se expone a una multa por el Seniat. Aquí surge la primera gran duda, ¿abarca o no a las transacciones distintas al efectivo?
- La documentación de esta operación: El Seniat ordenó que se exprese en la factura y no todos los establecimientos comerciales están en la capacidad de expresar el IGTF en sus facturas.
- Pagos mixtos: No está claro cómo será el tratamiento en nivel de la factura si el pago es combinado entre divisas y bolívares. Dio como ejemplo, los restaurantes, donde no se refleja en la factura el pago del 10% del servicio porque este se reparte entre mesoneros, cocineros, y cajeros, y si el cliente paga en divisas por esa porción, que se le entrega a este grupo de personas, ¿cómo hacen para cobrar el impuesto?
- Forma de pago del impuesto: El establecimiento solicitará el 3% extra de lo que esté consumiendo a quien compra, luego este local se encargará de pagar quincenalmente al Seniat.
Explicó que este impuesto
se paga cuando el prestador del servicio sea sujeto pasivo especial, cita Banca y Negocios.
Agregó que el contribuyente del impuesto a grandes transacciones financieras es quien haga un pago en moneda extranjera, sea cual sea el monto.
«El legislador ha querido instrumentar dos impuesto -IVA y IGTF- que tienen una coincidencia. Es una gran crítica que se ha venido haciendo, porque cuando hay pagos en materia materia gravable hubiese sido más sencillo aplicarlo a través de una reforma, por ejemplo, a la ley del IVA, porque ya tiene establecidos mecanismos para determinación de la cuota tributaria, y no nos encontraríamos en un caos tributarios», enfatizó Castillo