El referido día, una comisión del Cicpc se trasladó hasta la parroquia San Joaquín del municipio homónimo; donde encontraron el cuerpo de la víctima. Seguidamente, fueron abordados por Lovera Cañizales quien se identificó como pareja de la fémina.
Asimismo, Lovera Cañizales indicó a los funcionarios que el citado día se encontraban en un compartir familiar. Al salir, el hombre propuso llevar en su vehículo a una amiga de su pareja en compañía de Bracho Lugo. Tal hecho inició una discusión entre la pareja, y la víctima solicitó al hombre detener el carro para bajarse e irse por su cuenta caminando.
En tal sentido, Lovera Cañizales indicó que luego de que Bracho Lugo bajó del vehículo él continuó su ruta hacia Maracay (estado Aragua); donde fue informado al día siguiente de que su pareja supuestamente había sido encontrada muerta.
A través de experticias realizadas bajo supervisión del MP, se determinó que la causa de la muerte de Bracho Lugo fue una golpiza. En el cadáver se encontraron golpes en varias partes de su cuerpo que le produjeron agonía durante varias horas antes de encontrarla.
Producto de tales evidencias, se entrevistó nuevamente a Lovera Cañizales; a quien le fueron encontrados rastros de arañazos cerca de sus orejas. Posterior al análisis de muestras en los zapatos del hombre, resultó aprehendido y puesto a la orden del Ministerio Público.
En el juicio, la Fiscalía 30ª de Carabobo ratificó la acusación contra Lovera Cañizales por la comisión de femicidio agravado.
Una vez evaluados los elementos de prueba presentados por la representación fiscal, el Tribunal Único de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de esa jurisdicción dictó la mencionada condena y ordenó la reclusión del hombre en la sede del Cicpc de Mariara.