Conozca el acuerdo firmado entre Gobierno y oposición en México (Fotos)
País

Conozca el acuerdo firmado entre Gobierno y oposición en México (Fotos)

El obejtivo de recuperar los recursos del Estado bloqueados en el sistema financiero internacional
26 de noviembre de 2022
País.El Gobierno y la oposición de Venezuela firmaron en México este sábado el Segundo Acuerdo Parcial para la Protección del Pueblo Venezolano, con el obejtivo de recuperar los recursos del Estado bloqueados en el sistema financiero internacional, entre ellos unos 2 mil 700 millones de dólares que se encuentran congelados en por las sanciones de Estados Unidos.

(Lea también: Gobierno y oposición venezolana firman acuerdo para recuperación de recursos)

El documento con todos los puntos que fueron firmados por la oposición y el Gobierno nacional en México, tras la reanudación del diálogo entre ambas partes son los siguientes: 

1. Las partes acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento y Verificación del Segundo Acuerdo Parcial para la Protección Social del Pueblo Venezolano (la Comisión), como un mecanismo auxiliar de la Mesa de Diálogo y Negociación (MDN). que estará integrada por cinco representantes de cada una de las partes, y un representante observador del Reino de Noruega como facilitador del proceso de diálogo y negociación (el facilitador), la cual actuará por delegación de la MON. Al día siguiente de la firma de) presente anexo, Las partes informarán al facilitador los nombres de sus representantes.

2. Los integrantes designados por las partes en la comisión dispondrán de las mayores facilidades y colaboración de los órganos del Estado para el cumplimiento de sus funciones. La MON verificará que la comisión disponga de condiciones adecuadas y suficientes para la realización de sus actividades. Queda entendido que de ninguna manera la comisión podrá convertirse en un nuevo espacio de negociación y decisión. Las actuaciones de la comisión no tienen carácter público y estarán estrictamente apegadas a las funciones y responsabilidades establecidas en el presente anexo.

3. El facilitador convocará a los representantes de las partes a la primera reunión para la instalación de la comisión dentro de los siete días continuos siguientes a su designación. La Comisión se reunirá de manera ordinaria una vez al mes, en el sitio y hora previamente acordados, sin perjuicio de que pueda celebrar reuniones extraordinarias cuantas veces sean necesarias. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas por el facilitador a solicitud de un número no menor de tres representantes de cada una de las partes. Sus decisiones serán adoptadas por consenso de los presentes.

4.- Son funciones de la comisión las segurentes:

a) Recibir y analizar todos los informes relativos a la implernentación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social; 

b) Recibir y analizar el estatus de ejecución y la documentación técnica, legal y financiera, relativa a la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social;

c) La comisión y sus miembros podrán acompañar y dar seguimiento a los actos y actividades relativos a la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social, e informarse sobre das procedimientos respectivos. A tal efecto, la MDN emitirá credenciales correspondientes. 

d) Tener acceso a los portales de monitoreo con información actualizada de todos los procesos derivados del Segundo Acuerdo Parcial en materia social; 

e) Informar a la MDN sobre la ejecución del Segundo Acuerdo Parcial en materia social, así como del desarrollo de todos los procesos ejecutados o por ejecutar en relación con su implementación; 

f) Realizar observaciones, alertas y recomendaciones a la MDN para el mejoramiento y opuerzación de la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social cuando así lo cordon pertinente;

g) Alertar a la MDN en caso de detectar o de tener conocimiento de irregularidades en la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social;

h) Rendir informe trimestral a la MDN sobre todos los asuntos de su competencia, sin perjuicio de realizar las observaciones, alertas o recomendaciones que considere necesarias en cualquier momento conforme al literal anterior.

5. La Comisión contará con un presupuesto de funcionamiento derivado de su plan de trabajo anual, aprobado por la MDN.

6. Para impulsar la participación en la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social y como parte de los mecanismos acordados en el MdE, la MDN creará un portal en Internet para la difusión de información y recepción de opiniones por parte de comunidades, organizaciones sociales, ciudadanas y ciudadanos,

7. El tiempo de duración de la comisión será el mismo tiempo que dure la implementación del Segundo Acuerdo Parcial en materia social, incluidos los procesos de cierre administrativo y financiero, Si la MDN dejare de funcionar, bien sea por haber dado cumplimiento a su objeto, o por cualquier otra causa, la Comisión no cesará en sus funciones hasta tanto se hayan culminado todos los objetivos del Segundo Acuerdo Parcial en materia social. Sin perjuicio de que en la MDN se decida otra cosa, en tal caso LAS PARTES acuerdan que sus delegaciones conformarán un grupo especial de trabajo que suplirá las funciones de la MDN en todo lo que respecta a la ejecución del Segundo.

Sigue la información minuto a minuto en nuestro Telegram Instagram Facebook Twitter ¡La noticia en tus manos!
VÍA NT
FUENTE Editoría de Notitarde