Rubén Limas Telles: Cruz Roja Venezolana                    
                    
                        La Cruz Roja venezolana desempeña un papel fundamental en la asistencia humanitaria                    
                    
                        
                        Opinión.- A raíz de la crisis de la Junta Directiva de la Cruz Roja y su intervención, se generó un debate en el seno de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela con relación a implementar un proyecto de ley que la regule en el marco del respeto a los convenios internacionales, el ordenamiento jurídico venezolano y la necesidad de contar con una ley que proteja, regule, fortalezca, garantice y promueva las actividades de la Cruz Roja Venezolana.
Nuestra Constitución Bolivariana consagra un amplio catálogo de derechos fundamentales que incluyen, entre otros, el derecho a la vida, la salud, la libertad, la seguridad y la dignidad humana (Art. 2). Estos derechos son inalienables, inviolables e irrenunciables, y el Estado tiene el deber de garantizarlos a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna (Art. 19). 
Además el artículo 2 de la Constitución define a Venezuela como un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
El Título III de la Constitución, dedicado a los derechos humanos y garantías, establece los deberes del Estado y de los ciudadanos en la protección y promoción de estos derechos (Arts. 19, 23, 83 y 135). En particular, el artículo 23 otorga jerarquía constitucional a los tratados, pactos y convenciones internacionales relativos a derechos humanos suscritos y ratificados por Venezuela, siempre que contengan normas más favorables a las establecidas en la Constitución y las leyes de la República.
La Cruz Roja Venezolana, como parte del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, desempeña un papel fundamental en la asistencia humanitaria, la prevención de riesgos y la protección de las poblaciones vulnerables en nuestro país. Su labor se rige por los principios de humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad.
Desde su fundación, la Cruz Roja Venezolana ha demostrado un compromiso inquebrantable con el alivio del sufrimiento humano, la protección de la vida y la salud, y el apoyo a las comunidades vulnerables en todo el territorio nacional. Su labor se extiende a la asistencia en desastres, la atención médica, el socorro a poblaciones vulnerables y la promoción del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y los Derechos Humanos.
Ahora,  si bien la actividad de la Cruz Roja Venezolana se encuentra sustentada por los tratados, pactos y convenciones suscritos y ratificados por el Estado Venezolano, consideramos  oportuno desde la Asamblea Nacional  sancionar esta Ley de la Cruz Roja Venezolana para complementarla y fortalecerla institucionalmente.
Esta ley busca proteger y regular la misión y las actividades humanitarias de la Cruz Roja Venezolana en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. Fortaleciendo su papel como auxiliar de los órganos del poder público en los asuntos humanitarios. 
Además,  garantizar su autonomía y el respeto a sus principios fundamentales, adaptada a un marco jurídico que no colide con la normativa jurídico venezolana, al igual que promover una cultura de paz e inclusión social, la gestión integral de la salud, la prevención del riesgo de desastres y la reducción de los efectos del cambio climático.
La aprobación de esta Ley de la Cruz Roja Venezolana es fundamental para fortalecer el marco jurídico que rige a esta institución y garantizar su capacidad para cumplir con su misión de órgano auxiliar al poder público, en nuestro país.
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