Este supuesto se conoce como Tránsito Internacional por Territorio Nacional cuyo transbordo de transporte tiene como destino el ingreso al territorio nacional.
2. Las mercancías nacionales o nacionalizadas que deban ser trasladadas por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.
Este otro supuesto se conoce como Tránsito Internacional por Territorio Extranjero. Un ejemplo es: cuando una mercancía que se encuentra importada de manera definitiva en la región fronteriza y deba ser sacada por vía marítima o aérea y luego reingresadas y conservan su valor de tasa ad valorem.
3. Tránsito Internacional por Territorio Nacional
El tránsito internacional de mercancías por territorio nacional se realizará cumpliendo con los siguientes requisitos:
Tránsito Internacional por Territorio Extranjero
En cuanto al tránsito internacional por territorio extranjero, la Ley Aduanera sólo se limita a mencionar que deberá promoverse por conducto de agente o apoderado aduanal. En este sentido, el representante legal del despacho deberá de efectuar el pedimento de tránsito internacional.
No obstante, el tratamiento que se le otorga a esta modalidad del tránsito internacional es más el de un régimen solo de control y resguardo para lo que las autoridades tributarias en el mundo en base a las leyes internacionales y nacionales conceden a empresas el manejo de estas mercancías sobre todo en materia marítima para el resguardo almacén y traslado y se entienden como empresas accesorias al transporte marítimo que se consideran estos puertos como ad hoc o terminales para transito internacional.
4. Control Aduanero de las Operaciones Tránsito Internacional
Como puede advertirse, este régimen de tránsito internacional está sumamente controlado por parte de las autoridades aduaneras por medio del establecimiento de aduanas autorizadas para promover dichas operaciones; así como de rutas fiscales que deberán seguir los transportistas para mover las mercancías, además de llevar un registro de transportistas autorizados.
Adicionalmente, debemos tener cuidado con este régimen aduanero. se dispone que el contribuyente que no efectúe el cierre de la operación de tránsito internacional en la aduana de destino dentro de los plazos establecidos, y sin existir causas debidamente justificadas para no realizarlo, pro-cederá la suspensión en el padrón de importadores y/o en el de sectores específicos.
También es importante mencionar que, para efectos de la Ley Aduanera, cuando las mercancías extranjeras en tránsito inter-nacional se desvíen de las rutas fiscales, es causal para que las autoridades aduaneras procedan al embargo precautorio de dichas mercancías y de los medios en que se transportan. Asimismo, constituye una infracción relacionada con la importación o exportación de mercancías, y es sancionada con una multa del
El objeto principal del tránsito aduanero internacional es facilitar al máximo movimiento de mercancías y proporcionar a los países por los cuales se opera el tránsito, la confianza y la documentación aduanera que se requiere, de manera que brinden la información requerida por el servicio aduanero y no afecten demasiado al transportista, motivo por el cual se decidió poner el practica el principio de uniformidad de procedimientos a los países a nivel latinoamericano, bajo un sistema internacional de control, que reduce el riesgo de información inexacta eliminando atrasos innecesarios. Es de suma importancia conocer Los requisitos de transporte y los manifiestos de carga que se utilizan para el transporte internacional de mercancías.
El transporte internacional de mercancías consiste en el traslado de bienes de un país a otro mediante los sistemas de transito aduanero internacional, utilizando una empresa transportista autorizada por el servicio aduanero nacional, quien fungirá como responsable de la ejecución del transporte y custodia de las mercancías, desde una aduana de partida, hasta una aduana de destino.
Las empresas Transportistas Autorizadas son empresas de transporte legalmente constituidas que cuentan con autorizaciones para realizar actividades propias del régimen de transito aduanero, tal es el caso del El transportista autorizado es el responsable de cumplir con las formalidades aduaneras de cada país en el que se desarrolle la operación aduanera, debiendo elaborar un contrato de transporte donde comparezcan él por una parte y el remitente o destinatario por la otra, en base al cual se realizará el manifiesto de carga, carta de porte y demás documentos que son necesarios para elaborar la Declaración Aduanera de Transito Internacional y que deben presentarse conjuntamente con dicha Declaración, mercancía y medios de transporte, ante la autoridad aduanera en la aduana de partida, aduana de destino y de paso.
Las autoridades aduaneras de los países donde se desarrollan las operaciones relacionadas con el transito aduanero son las responsables de efectuar el control aduanero como lo dictan los acuerdos y convenios internacionales, sin olvidar la legislación nacional de dichos países, así para el caso de aduanas de partida, deben verificar que en la documentación presentada hayan sido declarados correctamente los medios de transporte, unidades de carga y mercancías que se transportan, debiendo colocar los precintos aduaneros, para asegurar y autorizar el inicio del tránsito aduanero por la ruta y plazo establecido.
Cuando la autoridad aduanera se encuentre en aduanas de paso, verificará la documentación que se le presente, juntamente con los medios de transporte y unidades de carga, corroborando que los números de los precintos aduaneros estén correctos en la Declaración de Transito Aduanero, debiendo examinar su estado debiendo dejar constancia en la misma declaración de todas las actuaciones realizadas.
En aduanas de destino la autoridad aduanera debe verificar la entrega de la documentación y mercancía por parte del transportista, cotejando el número de precinto con el declarado, verificando su estado y cumplimiento de rutas y plazos otorgados para la conclusión del tránsito aduanero, encontrándose la autoridad aduanera facultada para emitir sanciones por infracciones cometidas en la ejecución el transito aduanero.
Durante el desarrollo del régimen de transito aduanero los transportistas deben utilizar únicamente rutas y cruces de frontera autorizados en cada país a los cuales se les denomina TRAFICO ADUANERO, dentro de los cuales se detallan los siguientes:
• 1. Entre dos países miembros de una misma región, que mantienen una frontera común
• 2. Entre dos países miembros de una misma región con tránsito por uno o más países miembros de la región.
• 3. Desde un país miembro de la región hacia un tercer país con tránsito por uno o más países de la región.
• 4. Desde un tercer país a un país miembro de la región, con tránsito por uno o más países de la región.
• 5. Tránsito a través de dos o más países miembros de la región, hacia terceros países.
La Carta de Porte o Conocimiento de Embarque, son documentos que hacen constar la obligación que tiene el transporte de llevar las mercancías a su destino dentro del plazo acordado en el Contrato de Transporte, contra el pago de un flete.
Cabe mencionar que la carta de porte es equivalente al Conocimiento de Embarque, difiriendo únicamente en el medio de transporte que se utilice, ya que la carta de porte se utiliza para transporte terrestre y el conocimiento de embarque para transporte marítimo y aéreo, ambos documentos de transporte deben consignar como mínimo la siguiente información:
• Datos del transportista autorizado.
• Datos del remitente y destinatario de las mercancías objeto del transporte internacional
• Lugar específico y condiciones en las que el transportista autorizado recibe las mercancías.
• Lugar específico de entrega de las mercancías al destinatario
El Manifiesto de Carga Internacional es un documento aduanero que acredita la verificación y autorización de las mercancías declaradas por una aduana de partida, para ser transportadas hasta la aduana de destino en otro país. Y que está regulado por las Reglas de la Haya, Hamburgo, tratados etc.
Los datos que debe contener el manifiesto de carga son los siguientes
• Cantidad y tipo de bultos
• Peso bruto
• Descripción comercial de las mercancías, como por ejemplo marcas y precintos, ya que contribuyen al control por parte de las autoridades aduaneras de los países entre los cuales se efectúa la operación.
• Datos del transportista autorizado (razón social, identificación tributaria, permiso de prestación de servicios que respaldan la operación)
• Datos de los medios de transporte (número de placa, matricula, patente) con el fin de permitir aplicar el control aduanero a los medios de transporte y unidades de carga.
La Declaración de Transito Aduanero Internacional consigna todos los datos e informaciones necesarias para la operación de transito aduanero internacional, siendo por lo general los siguientes:
• Datos del transportista autorizado y características de los vehículos y unidades de carga registradas.
• Nombre y dirección del remitente, destinatario y consignatario de las mercancías.
• Denominación de la aduana de partida, aduanas de cruce de frontera y aduanas de destino
• Características de las mercancías transportadas (país de origen descripción comercial, cantidad de bultos, macas, peso bruto y precio.
• Datos de la carta de porte y manifiesto de carga relacionados a la operación de transito aduanero
• En el anverso se incluyen espacios para registrar intervención de la aduana de partida.
• En el reverso se incluyen espacios para registrar las actuaciones de las aduanas de cruce de frontera y la aduana de destino.
Empresas Concesionarias de Servicios Aduaneros, Envases o Embalajes y Seguros de Mercancías en Tránsito.
Forman también parte de este régimen las empresas concesionarias de servicios aduaneros, que no son más que recintos aduaneros administrados por empresas privadas legalmente constituidas que se encargan de atender de manera remunerada, trámites relacionados a operaciones de transito aduanero de mercancías, brindado infraestructura, manipuleo, almacenamiento y custodia de las mercancías mientras se da por finalizado o bien iniciado el transito aduanero, coadyuvando a la autoridad aduanera en el control al ingreso y/o salida de los medios de transporte, asignando asistencia en la carga, estiba, descarga, pesaje y custodia temporal de las mercancías. Además del envase y embalaje para proteger la mercancía contra cualquier eventualidad, es importante proteger la mercancía, ya que es susceptible de malos manejos y accidentes durante su traslado de un lugar a otro, por tal motivo los seguros protegen a la mercancía previniendo la pérdida total o parcial de los bienes, para lo cual se presentan los siguientes tipos de seguros:
• Seguro de crédito: se contrata cuando el exportador cuenta con la seguridad de la capacidad de liquidez del cliente para lo cual la compañía aseguradora pagara el monto de la exportación.
• Seguro de Transporte: asegura la mercancía a exportar para resarcir pérdidas o daños materiales de los bienes durante el transporte.
• Seguro de la Mercancía: cubre riesgos como robo, derrame, oxidación, o bien contacto con otras cargas.
• Seguro de responsabilidad civil: Póliza que consiste en proteger la empresa contra daños o lesiones a terceros derivado del incumplimiento de la colocación de advertencias sobre el producto.
Antes de realizar un transporte internacional de mercancías deben cumplirse trámites previos como la obtención de autorizaciones de transportista emitidas por organismos nacionales competentes, así como la elaboración del contrato de transporte para que a partir de este puedan realizarse los documentos de soporte de la Declaración de Transito Internacional de Mercancías.
Este negocio de transito internacional no afecta los negocios portuarios de importación y exportación existentes, al contrario, los incrementan. Venezuela puede colocarse en la ruta de puertos ad hoc para transito internacional siguiendo los pasos prestablecidos y haciendo crecer nuevos mercados y con una capacidad única de dar servicios diferenciadores que solo en estos mares tiene nuestro país como el combustible de producción nacional entre otros más.