Opinión
Nahomi Desirée Tola Prada: Negocios portuarios que desarrollan un país
Venezuela es un joven país en materia de comercio internacional referente a temas no petroleros
14 de julio de 2020
Venezuela es un joven país en materia de comercio internacional referente a temas no petroleros, los países desarrollados tienen múltiples actividades que generan desarrollo y crecimiento económico, pero todas tienen un factor en común “uniformidad de las normas, desarrollo portuario y políticas que incentivan la producción nacional para abastecer tanto como se pueda su mercado de consumo interno en productos hasta poder exportar”. Un país que solo exporta sus materias primas sin procesos industrializados casi siempre es pobre, es necesario que junto a las nuevas leyes de inversión extranjera que garantiza en derecho la protección a la inversión de capitales, los incentivos hacia la producción nacional y los creados para la exportación, no solo sean leyes, sino que se apliquen de forma adecuada y oportuna por las autoridades de los sectores que están dentro de los procesos.

Hay infinidad de negocios en el mundo con procesos probados y existentes, ejes que han utilizado países desarrollados para fortalecer sus economías y rápido desarrollo, que nuestra nación debería hacer para tener nuevas fuentes de ingresos públicos y para los privados. Un ejemplo de ello es que para el año 2003 la República Bolivariana de Venezuela tenía en tránsito internacional de mercancías un estimado según cifras oficiales de CEPAL en movimiento de TEUS (contenedores de 20” por peso permitido), hoy día esta cifra es cero y se potenciaron mercados de puertos vecinos, las razones más que critica espero esto sea una opinión que ayude en la recuperación de la nación. Nuestro país ha tenido una visión importadora producto de la renta petrolera y el cadivismo, el primero en crisis por el COVID19 y la caída de los precios que ojala pronto se estabilicen y el segundo afortunadamente extinto , porque no fue aprovechado para hacer crecer la producción nacional y se torció hacia un negocio financiero lamentablemente miles de empresas dejaron de producir para solo hacer vueltas de divisas y hoy día muchos de esos actores que no producen solo destruyen y critican porque no hay facilidad de desangrar la economía nacional, ambas actividades terminaban en gran movimiento portuario y a pesar que nuestros puertos comerciales no tenían desarrollo tecnológico si había fluidez de dinero en grandes importaciones, eso no trae desarrollo sino una burbuja ficticia que al romperse pasa la caída de nuestro mercado portuario; hay países como China que a pesar de ser muy desarrollados tienen gran consumo de materia prima de otros lugares porque ninguna nación es autosuficiente y casi todos importan algún material como algodón, cacao, café, licores, maíz, semillas, entre muchos más.

El país tiene capacidad instalada para el movimiento de contenedores y cargas a granel en los puertos comerciales y aún no utiliza esos espacios porque este mercado no se ha explotado en muchos años, pienso que en un esfuerzo conjunto de todos los sectores se puede recuperar de forma muy sencilla y este producto que sería una nueva fuente de ingresos a la nación por un conservador ingreso de unos Cinco mil millones de Euros, solo usando la capacidad instalada existente, generando condiciones normales del mercado del tránsito Aduanero Internacional y el Transbordo. Sin afectar los mercados vecinos, puesto que las cifras oficiales de CEPAL y Naciones Unidas en su órgano rector OMI(organización marítima internacional) en su última medición dice que este tránsito hacia el mar caribe y el sur actualmente mueve 126,3 millones de TEUS, es decir, que solo el 1 % podría usar la capacidad instalada de nuestros puertos, claro está que aliados de Venezuela hacen grandes movimientos en toda la región no solo de envíos de productos sino también de compra de materias primas.

Los puertos comerciales reciben en su mayoría alimentos, medicamentos, materias primas para la industria y mercancías para el sector privado, exportan la producción pública y privada, actividades estas tuteladas por el Derecho Internacional y las Naciones Unidas como derechos fundamentales y que por ende no deben ni pueden sancionarse, ya que garantizan la preservación de la vida la alimentación, la salud y las libertades de las personas que están en el sector productivo y privado. Ahora bien, los puertos deben cumplir con los estándares mínimos y certificaciones exigidas para garantizar la protección a la gente que hace vida en el mar, la no contaminación como unidades receptoras y que los procesos estén adecuados a las mismas tutelas, sencillos procedimientos preestablecidos y de obligatorio cumplimiento.

El Transbordo de mercancías

En todos los conceptos internacionales y nacionales está referido al cambio de un transporte a otro, sea del mismo tipo o multimodal, es decir de buques a buques pequeños o más grandes, de aéreo a terrestre, de marítimo a tren, pero es más importante señalar que el tiempo que una mercancía está en tránsito internacional o deposito temporal y su destino no es el territorio nacional en derecho puro se encuentra en modalidad transporte todavía y está regulado por convenciones, leyes internacionales de carácter orgánico y por la regulación nacional. En materia portuaria con la presunción que es transporte marítimo esto se regula por el derecho privado en la modalidad de contratos de transporte entre las liner o armadores y los lugares permisados para este movimiento, que genera a su vez dos movimientos el buque alimentador que lleva las cargas y los buques que las recogen, siempre bajo el control aduanero de cada país. Este servicio genera tasas a los buques que tocan un puerto y tarifas importantes a las consolidadoras, almacenadoras y en general a los operadores portuarios.

La seguridad jurídica en el tratamiento de las mercancías es importante, pero esos procesos ya están regulados por leyes internacionales y convenciones de protección a la vida, al mar entre otras, conocimientos de embarque y transito aduanero ,es importante aplicarlas en forma adecuada, las mercancías en tránsito deben cumplir el MARPOL en temas de marcaje de mercancías y claramente visible tener también que están en tránsito para que las autoridades de resguardo, portuarias y aduaneras sepan que dichos precintos solo deben ser aperturados en su aduana de destino salvo las excepciones de control público como antidrogas y/o casos excepcionales de que deban ser ingresadas al país, pero en el derecho internacional cuando algo parece irregular las autoridades de transito solo informan a la autoridad de destino de cualquier sospecha e irregularidad en las mismas. Este punto es importante para que el riesgo que calculan las aseguradoras este en equilibrio.

Venezuela no tiene código arancelario para el transito marítimo lo que significa un importante incentivo ya que es tasa libre en el tema. Recuperar este mercado no es complejo porque no requiere de entrada gran inversión, sin embargo, las industrias de los buques están fabricando grandes portacontenedores con capacidades de cargas mayores, pero se traduce a mayor calado necesario en nuestros puertos que no están diseñados o adaptados a las nuevas exigencias en tamaño necesario, allí si se requiere inversión en dragado; pero con lo que existe conservadoramente puede operarse un movimiento año de 2.5 millones de teus por año. Calculando eso en dinero se podría superar la meta.

Si la mirada hacia este sector se articula con un plan de recuperación post Covid del sector turístico y que los buques no solo toquen y en unos años puedan hacer vida en los lugares aledaños a un puerto el crecimiento económico y desarrollo pudiera representar que estas cifras se quintupliquen sobre todo si se hace una terminal de Agua profundas donde se puedan recibir buques de mayor eslora y que además los servicios portuarios de recepción de basuras y tratamientos de aguas de los buques puedan recibirse.

Nuestro país tiene capacidad instalada en Puerto Cabello, Margarita, Guanta y la Guaira para este negocio en pequeñas escalas, esto puede dar apertura a empresas privadas de servicios a los buques, turístico, de tratamiento ecológicos, organizaciones reconocidas, y un sinfín de negocios que generen crecimiento de los puertos y se convierta en desarrollo planificado. Los puertos son la puerta del comercio internacional y la casa de abrigo a los buques y personas de turismo marítimo, pero también son generadores de incentivos a los exportadores y sus zonas comerciales importantes lugares libres para la promoción de las producciones nacionales, también de forma ordenada generadores de empleos y desarrollo hinterland o forland de los países. Los terrenos aledaños a los puertos siempre son exclusivos de las administraciones portuarias, ya que estos espacios deben desarrollarse para las empresas que hacen servicios portuarios. Un buque que hace toques en un puerto representa aproximadamente de ingresos al puerto y las empresas 2.3 millones de euros y cuando hacen esos puertos su ruta hasta 4,8 millones de euros.

Todo lo expuesto debe llevar a la reflexión que Venezuela debe mirar de cara al mar además del desarrollo interno de la industria, es un país profundamente rico en recursos y grande para invertir y desarrollar en estas potencialidades no explotadas aún. El transbordo puede generar de forma inmediata el almacén de mercancías de transito internacional, eso son ingresos inmediatos.

Tránsito internacional de mercancías

“El transito Aduanero Internacional de Mercancías se define como el régimen en el cual las mercancías son transportadas bajo el control aduanero desde una aduana de partida hasta una aduana de destino. En el curso de las cual transitan por otras fronteras en calidad de transito internacional de mercancías”, las marítimas pueden requerir especialmente en ese tránsito y almacén temporal que genera grandes movimientos de estiba y lo que antes se le conocía como acarreo.
La figura del tránsito internacional es interesante porque es un régimen suspensivo de obligaciones tributarias; es decir, no se pagan los impuestos al comercio exterior u otros impuestos, simplemente se determinan a efectos de garantizarlos en caso de que las mercancías no lleguen a su destino. En un régimen intermedio -que es utilizado de manera provisional para que las mercancías únicamente transiten por territorio nacional-, una vez que la mercancía llegue a su destino se somete a otro régimen aduanero, que bien puede ser el de importación o exportación definitiva, con lo cual queda concluido el despacho aduanal.
El tránsito y el transbordo tienen diferentes supuestos que se desarrollan a continuación y que ya se aplican en el país, la idea es desarrollar y aperturar el transito internacional con destino internacional. Lo habitual de formas y requisitos para este negocio son los siguientes:

1. La aduana de entrada deberá enviar a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.

Este supuesto se conoce como Tránsito Internacional por Territorio Nacional cuyo transbordo de transporte tiene como destino el ingreso al territorio nacional.

2. Las mercancías nacionales o nacionalizadas que deban ser trasladadas por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.

Este otro supuesto se conoce como Tránsito Internacional por Territorio Extranjero. Un ejemplo es: cuando una mercancía que se encuentra importada de manera definitiva en la región fronteriza y deba ser sacada por vía marítima o aérea y luego reingresadas y conservan su valor de tasa ad valorem.

3. Tránsito Internacional por Territorio Nacional

El tránsito internacional de mercancías por territorio nacional se realizará cumpliendo con los siguientes requisitos:

Tránsito Internacional por Territorio Extranjero

En cuanto al tránsito internacional por territorio extranjero, la Ley Aduanera sólo se limita a mencionar que deberá promoverse por conducto de agente o apoderado aduanal. En este sentido, el representante legal del despacho deberá de efectuar el pedimento de tránsito internacional.

No obstante, el tratamiento que se le otorga a esta modalidad del tránsito internacional es más el de un régimen solo de control y resguardo para lo que las autoridades tributarias en el mundo en base a las leyes internacionales y nacionales conceden a empresas el manejo de estas mercancías sobre todo en materia marítima para el resguardo almacén y traslado y se entienden como empresas accesorias al transporte marítimo que se consideran estos puertos como ad hoc o terminales para transito internacional.

4. Control Aduanero de las Operaciones Tránsito Internacional

Como puede advertirse, este régimen de tránsito internacional está sumamente controlado por parte de las autoridades aduaneras por medio del establecimiento de aduanas autorizadas para promover dichas operaciones; así como de rutas fiscales que deberán seguir los transportistas para mover las mercancías, además de llevar un registro de transportistas autorizados.

Adicionalmente, debemos tener cuidado con este régimen aduanero. se dispone que el contribuyente que no efectúe el cierre de la operación de tránsito internacional en la aduana de destino dentro de los plazos establecidos, y sin existir causas debidamente justificadas para no realizarlo, pro-cederá la suspensión en el padrón de importadores y/o en el de sectores específicos.

También es importante mencionar que, para efectos de la Ley Aduanera, cuando las mercancías extranjeras en tránsito inter-nacional se desvíen de las rutas fiscales, es causal para que las autoridades aduaneras procedan al embargo precautorio de dichas mercancías y de los medios en que se transportan. Asimismo, constituye una infracción relacionada con la importación o exportación de mercancías, y es sancionada con una multa del

El objeto principal del tránsito aduanero internacional es facilitar al máximo movimiento de mercancías y proporcionar a los países por los cuales se opera el tránsito, la confianza y la documentación aduanera que se requiere, de manera que brinden la información requerida por el servicio aduanero y no afecten demasiado al transportista, motivo por el cual se decidió poner el practica el principio de uniformidad de procedimientos a los países a nivel latinoamericano, bajo un sistema internacional de control, que reduce el riesgo de información inexacta eliminando atrasos innecesarios. Es de suma importancia conocer Los requisitos de transporte y los manifiestos de carga que se utilizan para el transporte internacional de mercancías.

El transporte internacional de mercancías consiste en el traslado de bienes de un país a otro mediante los sistemas de transito aduanero internacional, utilizando una empresa transportista autorizada por el servicio aduanero nacional, quien fungirá como responsable de la ejecución del transporte y custodia de las mercancías, desde una aduana de partida, hasta una aduana de destino.

Las empresas Transportistas Autorizadas son empresas de transporte legalmente constituidas que cuentan con autorizaciones para realizar actividades propias del régimen de transito aduanero, tal es el caso del El transportista autorizado es el responsable de cumplir con las formalidades aduaneras de cada país en el que se desarrolle la operación aduanera, debiendo elaborar un contrato de transporte donde comparezcan él por una parte y el remitente o destinatario por la otra, en base al cual se realizará el manifiesto de carga, carta de porte y demás documentos que son necesarios para elaborar la Declaración Aduanera de Transito Internacional y que deben presentarse conjuntamente con dicha Declaración, mercancía y medios de transporte, ante la autoridad aduanera en la aduana de partida, aduana de destino y de paso.

Las autoridades aduaneras de los países donde se desarrollan las operaciones relacionadas con el transito aduanero son las responsables de efectuar el control aduanero como lo dictan los acuerdos y convenios internacionales, sin olvidar la legislación nacional de dichos países, así para el caso de aduanas de partida, deben verificar que en la documentación presentada hayan sido declarados correctamente los medios de transporte, unidades de carga y mercancías que se transportan, debiendo colocar los precintos aduaneros, para asegurar y autorizar el inicio del tránsito aduanero por la ruta y plazo establecido.

Cuando la autoridad aduanera se encuentre en aduanas de paso, verificará la documentación que se le presente, juntamente con los medios de transporte y unidades de carga, corroborando que los números de los precintos aduaneros estén correctos en la Declaración de Transito Aduanero, debiendo examinar su estado debiendo dejar constancia en la misma declaración de todas las actuaciones realizadas.

En aduanas de destino la autoridad aduanera debe verificar la entrega de la documentación y mercancía por parte del transportista, cotejando el número de precinto con el declarado, verificando su estado y cumplimiento de rutas y plazos otorgados para la conclusión del tránsito aduanero, encontrándose la autoridad aduanera facultada para emitir sanciones por infracciones cometidas en la ejecución el transito aduanero.

Durante el desarrollo del régimen de transito aduanero los transportistas deben utilizar únicamente rutas y cruces de frontera autorizados en cada país a los cuales se les denomina TRAFICO ADUANERO, dentro de los cuales se detallan los siguientes:
• 1. Entre dos países miembros de una misma región, que mantienen una frontera común
• 2. Entre dos países miembros de una misma región con tránsito por uno o más países miembros de la región.
• 3. Desde un país miembro de la región hacia un tercer país con tránsito por uno o más países de la región.
• 4. Desde un tercer país a un país miembro de la región, con tránsito por uno o más países de la región.
• 5. Tránsito a través de dos o más países miembros de la región, hacia terceros países.

La Carta de Porte o Conocimiento de Embarque, son documentos que hacen constar la obligación que tiene el transporte de llevar las mercancías a su destino dentro del plazo acordado en el Contrato de Transporte, contra el pago de un flete.

Cabe mencionar que la carta de porte es equivalente al Conocimiento de Embarque, difiriendo únicamente en el medio de transporte que se utilice, ya que la carta de porte se utiliza para transporte terrestre y el conocimiento de embarque para transporte marítimo y aéreo, ambos documentos de transporte deben consignar como mínimo la siguiente información:
• Datos del transportista autorizado.
• Datos del remitente y destinatario de las mercancías objeto del transporte internacional
• Lugar específico y condiciones en las que el transportista autorizado recibe las mercancías.
• Lugar específico de entrega de las mercancías al destinatario

El Manifiesto de Carga Internacional es un documento aduanero que acredita la verificación y autorización de las mercancías declaradas por una aduana de partida, para ser transportadas hasta la aduana de destino en otro país. Y que está regulado por las Reglas de la Haya, Hamburgo, tratados etc.

Los datos que debe contener el manifiesto de carga son los siguientes
• Cantidad y tipo de bultos
• Peso bruto
• Descripción comercial de las mercancías, como por ejemplo marcas y precintos, ya que contribuyen al control por parte de las autoridades aduaneras de los países entre los cuales se efectúa la operación.
• Datos del transportista autorizado (razón social, identificación tributaria, permiso de prestación de servicios que respaldan la operación)
• Datos de los medios de transporte (número de placa, matricula, patente) con el fin de permitir aplicar el control aduanero a los medios de transporte y unidades de carga.

La Declaración de Transito Aduanero Internacional consigna todos los datos e informaciones necesarias para la operación de transito aduanero internacional, siendo por lo general los siguientes:
• Datos del transportista autorizado y características de los vehículos y unidades de carga registradas.
• Nombre y dirección del remitente, destinatario y consignatario de las mercancías.
• Denominación de la aduana de partida, aduanas de cruce de frontera y aduanas de destino
• Características de las mercancías transportadas (país de origen descripción comercial, cantidad de bultos, macas, peso bruto y precio.
• Datos de la carta de porte y manifiesto de carga relacionados a la operación de transito aduanero
• En el anverso se incluyen espacios para registrar intervención de la aduana de partida.
• En el reverso se incluyen espacios para registrar las actuaciones de las aduanas de cruce de frontera y la aduana de destino.

Empresas Concesionarias de Servicios Aduaneros, Envases o Embalajes y Seguros de Mercancías en Tránsito.

Forman también parte de este régimen las empresas concesionarias de servicios aduaneros, que no son más que recintos aduaneros administrados por empresas privadas legalmente constituidas que se encargan de atender de manera remunerada, trámites relacionados a operaciones de transito aduanero de mercancías, brindado infraestructura, manipuleo, almacenamiento y custodia de las mercancías mientras se da por finalizado o bien iniciado el transito aduanero, coadyuvando a la autoridad aduanera en el control al ingreso y/o salida de los medios de transporte, asignando asistencia en la carga, estiba, descarga, pesaje y custodia temporal de las mercancías. Además del envase y embalaje para proteger la mercancía contra cualquier eventualidad, es importante proteger la mercancía, ya que es susceptible de malos manejos y accidentes durante su traslado de un lugar a otro, por tal motivo los seguros protegen a la mercancía previniendo la pérdida total o parcial de los bienes, para lo cual se presentan los siguientes tipos de seguros:

• Seguro de crédito: se contrata cuando el exportador cuenta con la seguridad de la capacidad de liquidez del cliente para lo cual la compañía aseguradora pagara el monto de la exportación.
• Seguro de Transporte: asegura la mercancía a exportar para resarcir pérdidas o daños materiales de los bienes durante el transporte.
• Seguro de la Mercancía: cubre riesgos como robo, derrame, oxidación, o bien contacto con otras cargas.
• Seguro de responsabilidad civil: Póliza que consiste en proteger la empresa contra daños o lesiones a terceros derivado del incumplimiento de la colocación de advertencias sobre el producto.

Antes de realizar un transporte internacional de mercancías deben cumplirse trámites previos como la obtención de autorizaciones de transportista emitidas por organismos nacionales competentes, así como la elaboración del contrato de transporte para que a partir de este puedan realizarse los documentos de soporte de la Declaración de Transito Internacional de Mercancías.

Este negocio de transito internacional no afecta los negocios portuarios de importación y exportación existentes, al contrario, los incrementan. Venezuela puede colocarse en la ruta de puertos ad hoc para transito internacional siguiendo los pasos prestablecidos y haciendo crecer nuevos mercados y con una capacidad única de dar servicios diferenciadores que solo en estos mares tiene nuestro país como el combustible de producción nacional entre otros más.

Por Nahomi Desirée Tola Prada
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VÍA NT
FUENTE Editoría de Notitarde