Internacional
La eutanasia ya no será penalizada en Ecuador
La Corte Constitucional aprobó la demanda planteada por Paola Roldán, quien padece de esclerosis lateral amiotrófica y exige que el Estado le garantice una muerte digna
7 de febrero de 2024
Internacional.- La Corte Constitucional de Ecuador (CC) dio luz verde para la despenalización de la eutanasia, tras aprobar la demanda planteada por Paola Roldán, quien padece de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y exige que el Estado le garantice una muerte digna.

La decisión del pleno contempló 7 votos a favor, uno de ellos concurrente, y dos votos salvados. Con ello, Ecuador se convierte en el noveno país en el mundo en despenalizar la eutanasia.

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“Varias veces pensé que no lograría ver los frutos de esta demanda, como quien planta un árbol para que alguien más se siente bajo su sombra”, había escrito Roldán la semana pasada en la red social X.

La demanda de la mujer fue contra el artículo 144 del Código Integral Penal (COIP) que tipifica el homicidio, para que se lo declare inconstitucional. Se pedía que se haga una excepción a la muerte asistida en casos extraordinarios como enfermedades terminales, para que un médico no sea procesado por homicidio.

La Corte Constitucional resolvió este miércoles, 7 de febrero del 2024, la "constitucionalidad condicionada" de este artículo y da paso a la eutanasia activa. Es decir, que un médico la pueda aplicarla.

El expediente llegó al pleno del máximo tribunal de garantías de Ecuador después de que fuese rechazado un pedido de recusación contra dos juezas de la Corte presentado por un colectivo de abogados contrarios al aborto y a la eutanasia.

Argumentos de la Corte

La Corte Constitucional recordó que el derecho a la vida, entendido como subsistencia, es inviolable generalmente frente a una lesión o amenaza arbitraria e ilegítima por parte de terceros y que el artículo 144 del COIP pretende proteger el bien jurídico de este tipo de conductas.

"No obstante, en el supuesto examinado en esta sentencia, si bien se ve comprometida la inviolabilidad de la vida, la conducta del médico no es arbitraria e ilegítima, sino que responde a la solicitud del titular del bien jurídico o de su representante legal en un contexto de sufrimiento intenso", dice un comunicado de la entidad.

Agregó que todos tienen derecho a la dignidad, pero esta podría verse menoscabada cuando el titular no se encuentra en la capacidad de ejercer sus derechos de forma plena, como sucede con Paola Roldán, quien atraviesa un dolor intenso que le impide llevar a cabo su proyecto de vida.

"En este caso, sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación la obligación de mantenerse con vida", reiteró la CC.


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VÍA NT
FUENTE Agencias