Carabobo
¿Quiénes se pueden registrar en el Plan de Matriculación de Motorizados activado en Valencia?
Esta identificación será vital para ejercer la labor de transportistas
18 de enero de 2024
Carabobo.- Este miércoles, inició el Plan Nacional de Matriculación de Moto Taxis en el estado Carabobo; este nuevo protocolo consiste en el cambio de placas identificadoras de modalidad particular a transporte (placas amarillas), a fin de la regularización, supervisión y control del servicio de moto taxi de persona individual que no estén sujetas a autoridades metropolitanas o mancomunadas y que se especifican detalladamente en las planillas de DT9 y DT10.

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El diputado de la Asamblea Nacional y presidente del Sindicato Nacional Bolivariano Motorizado de Venezuela, Kelvis Maldonado, expresó que esta identificación será vital para ejercer la labor de transportistas.

“Es verdad que el que no tenga su placa amarilla no va a poder trabajar de mototaxista porque debe cumplir una serie de requisitos”, señaló y destacó que estos operativos se estarán realizando en todo el territorio nacional hasta conseguir el objetivo de reorganización y prevención en el sector.

En este sentido, es importante destacar que, solo podrán realizar este trámite, quienes pertenezcan a una cooperativa completamente constituida, es decir, aquellas que posean una carta aval firmada por la Alcaldía del municipio en el cual prestan servicio.

Los requisitos para que la persona que desee cambiar la placa blanca por la amarilla de su motocicleta son:

  • Solicitud dirigida al Ciudadano Gerente de Transporte Terrestre.
  • Presentar el Registro de Información Fiscal (R.I.F) , vigente.
  • Original o copia certificada, debidamente registradas del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales, última Acta de Asamblea de Socios, en caso de existir otra directiva o nuevos socios, donde se señale claramente que el objeto de la organización, es la prestación del servicio de transporte privado de personas en la modalidad respectiva.
  • En caso de cooperativa, consignar la Certificación de cumplimiento, expedido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
  • Fotocopia del Certificado de Registro de Vehículo.
  • Documento de Arrendamiento notariado (Solo en los casos que apliquen).
  • Fotocopia de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil vigente, emitida por una empresa aseguradora inscrita y autorizada ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDESEG) y Póliza de Seguro de accidentes personales que cubran a las personas y sus ocupantes. Art 58 LTT.
  • Constancia de Revisión del Vehículo expedida por el Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre (con la impronta del serial de carrocería y sello húmedo) (vigentes). Solo para nueva incorporación de vehículo: Constancia de la Empresa donde presta servicio (Transporte Privado de Alquiler de Vehículos con o sin chofer) , cuando aplique.
  • Constancia de la Empresa, Organización y Ente donde presta sus servicios (Transporte Privado de Personal), cuando aplique.
  • Licencia de funcionamiento como operador turístico otorgada por el Ministerio con competencia (Transporte Privado Turístico).
  • Comprobante de pago.
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VÍA NT
FUENTE Editoría de Notitarde